Los expedientes de regulación de empleo varían en cada país. Las multinacionales deben ajustarse a esas diferencias.
Carlos Gómez Abajo - Madrid - 02/06/2009
Una multinacional que pretende realizar un despido colectivo o un expediente de regulación de empleo en varios países tiene que estudiar con cuidado la legislación de cada uno, pues pese a los intentos de la UE por homogeneizar las regulaciones, todavía tienen importantes diferencias. En la mayoría de los países europeos se aplica simplemente la directiva europea, que obliga a la empresa a notificar a los empleados y a las autoridades su intención de realizar el despido, después de que haya negociado con los trabajadores. A partir de ahí llegan las particularidades.
En Alemania, por ejemplo, aunque legalmente no sea necesario el acuerdo, en la práctica el procedimiento nunca concluye hasta que las dos partes lo deciden. En España y Bélgica la Administración tiene que dar el visto bueno, "y no lo admite si no hay acuerdo entre las partes", recuerda Jesús Gimeno, asociado del bufete Jones Day. En Portugal, el Gobierno media en la negociación desde el principio, y también hay que llegar a un acuerdo entre las partes.
Los procesos suelen durar entre uno y tres meses, con la excepción de Francia, donde se pueden alargar hasta el medio año. Las empresas belgas que tienen alcance europeo y que pretenden despedir en varios países, incluido Bélgica, deben esperar a que termine el periodo de consultas con los trabajadores belgas para poder llevar a efecto los ceses en otros países. "En España es habitual abrir un periodo informal de consultas con los representantes de los trabajadores antes de iniciar el formal", explica Vidal Galindo Ferrero, asociado senior de Gómez Acebo & Pombo.
La indemnización prevista en la legislación española, 20 días por año de servicio con un máximo de 12 mensualidades, es similar a las de otros países. "Normalmente se sube a 45 días, incluso a 60 o 90", explica Gimeno. El trabajador está exento de tributar hasta los 20 días, por eso pide más de 45, para que el resultado neto sea equivalente a esa cifra. "Si la empresa está en concurso de acreedores, se admiten 20 días". Las indemnizaciones más bajas se dan en el Reino Unido: entre 0,5 y 1,5 semanas de salario por año de trabajo. "En general en otros países también es normal que suba la cifra después de la negociación", apunta Gimeno.
Para que un despido se pueda considerar colectivo debe afectar a un mínimo de trabajadores en un tiempo determinado. A modo de ejemplo, la directiva de la UE fija que un despido será colectivo cuando en un centro de trabajo de una empresa en el que presten servicio entre 100 y 300 trabajadores, más del 10% de ellos sean despedidos en un periodo de 30 días. En unos casos, como Italia, la unidad que computa es el centro de trabajo, y en otros, como España, es la empresa en su conjunto; además el periodo de cálculo es de 90 días. "En Francia, a partir de dos despidos, hay que abrir un periodo de consultas, que dura 15 días", cuenta Gimeno. En el otro extremo, de nuevo Reino Unido, donde tienen que ser al menos 20 los afectados.
Una medida que se aplica en Francia, y que en España está empezando a funcionar, es la inclusión de un plan de recolocaciones de los despedidos en otras empresas del grupo, o en clientes y proveedores. La directiva recomienda que las empresas paguen asesores a los trabajadores, aunque sólo países como Francia y Alemania se ha regulado así. En Estados Unidos la intervención del Gobierno en asuntos laborales es bastante reducida, y también en los despidos colectivos, aunque una ley federal exige notificación con 60 días de antelación en algunos casos, y algunos estados federales aún más. El modelo estadounidense, señala James S. Urban, abogado de Jones Day en Pittsburgh, no sigue el modelo europeo en cuanto a pago por despido. Algunos empleados tienen planes de indemnización por cese, pero habitualmente tienen que hacer reclamaciones para recibir los beneficios.
Carlos Gómez Abajo - Madrid - 02/06/2009
Una multinacional que pretende realizar un despido colectivo o un expediente de regulación de empleo en varios países tiene que estudiar con cuidado la legislación de cada uno, pues pese a los intentos de la UE por homogeneizar las regulaciones, todavía tienen importantes diferencias. En la mayoría de los países europeos se aplica simplemente la directiva europea, que obliga a la empresa a notificar a los empleados y a las autoridades su intención de realizar el despido, después de que haya negociado con los trabajadores. A partir de ahí llegan las particularidades.
En Alemania, por ejemplo, aunque legalmente no sea necesario el acuerdo, en la práctica el procedimiento nunca concluye hasta que las dos partes lo deciden. En España y Bélgica la Administración tiene que dar el visto bueno, "y no lo admite si no hay acuerdo entre las partes", recuerda Jesús Gimeno, asociado del bufete Jones Day. En Portugal, el Gobierno media en la negociación desde el principio, y también hay que llegar a un acuerdo entre las partes.
Los procesos suelen durar entre uno y tres meses, con la excepción de Francia, donde se pueden alargar hasta el medio año. Las empresas belgas que tienen alcance europeo y que pretenden despedir en varios países, incluido Bélgica, deben esperar a que termine el periodo de consultas con los trabajadores belgas para poder llevar a efecto los ceses en otros países. "En España es habitual abrir un periodo informal de consultas con los representantes de los trabajadores antes de iniciar el formal", explica Vidal Galindo Ferrero, asociado senior de Gómez Acebo & Pombo.
La indemnización prevista en la legislación española, 20 días por año de servicio con un máximo de 12 mensualidades, es similar a las de otros países. "Normalmente se sube a 45 días, incluso a 60 o 90", explica Gimeno. El trabajador está exento de tributar hasta los 20 días, por eso pide más de 45, para que el resultado neto sea equivalente a esa cifra. "Si la empresa está en concurso de acreedores, se admiten 20 días". Las indemnizaciones más bajas se dan en el Reino Unido: entre 0,5 y 1,5 semanas de salario por año de trabajo. "En general en otros países también es normal que suba la cifra después de la negociación", apunta Gimeno.
Para que un despido se pueda considerar colectivo debe afectar a un mínimo de trabajadores en un tiempo determinado. A modo de ejemplo, la directiva de la UE fija que un despido será colectivo cuando en un centro de trabajo de una empresa en el que presten servicio entre 100 y 300 trabajadores, más del 10% de ellos sean despedidos en un periodo de 30 días. En unos casos, como Italia, la unidad que computa es el centro de trabajo, y en otros, como España, es la empresa en su conjunto; además el periodo de cálculo es de 90 días. "En Francia, a partir de dos despidos, hay que abrir un periodo de consultas, que dura 15 días", cuenta Gimeno. En el otro extremo, de nuevo Reino Unido, donde tienen que ser al menos 20 los afectados.
Una medida que se aplica en Francia, y que en España está empezando a funcionar, es la inclusión de un plan de recolocaciones de los despedidos en otras empresas del grupo, o en clientes y proveedores. La directiva recomienda que las empresas paguen asesores a los trabajadores, aunque sólo países como Francia y Alemania se ha regulado así. En Estados Unidos la intervención del Gobierno en asuntos laborales es bastante reducida, y también en los despidos colectivos, aunque una ley federal exige notificación con 60 días de antelación en algunos casos, y algunos estados federales aún más. El modelo estadounidense, señala James S. Urban, abogado de Jones Day en Pittsburgh, no sigue el modelo europeo en cuanto a pago por despido. Algunos empleados tienen planes de indemnización por cese, pero habitualmente tienen que hacer reclamaciones para recibir los beneficios.








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